Entrevista a Daniel Llermanos, integrante de la Asociación de Abogados Solidarios
—Doctor, ¿cuáles son los fundamentos legales que considera que podrían llegar a habilitar la candidatura de Cristina Fernández de Kirchner pese a esta condena con sentencia firme confirmada por la Corte?
Bueno, voy a tratar de hacerlo lo más breve y claro posible para que lo entienda hasta el más desinformado de los oyentes. En la primera clase que yo tuve de derecho penal con el prestigiosísimo, quizás el más grande penalista de la Argentina, el doctor Basigalupo, que era titular aquí en Alemania, en castellano y en alemán, de derecho penal… luego cuando vino la dictadura tuvo que irse del país… éramos juntos, junto con Moreno Ocampo, de Basigalupo. La primera clase dijo Basugalupo —lo voy a decir en castellano, no en latín—: «no hay pena sin una previa ley penal». Es una cuestión muy sencilla de entender.
Ustedes me dirán: «pero acá ha habido un delito, la acusan de esto, de aquello…» y esto no lo entro a discutir, porque a la justicia electoral le digo otra cosa. Dicen que hay que sacarla del padrón electoral porque está condenada y no puede ejercer cargos públicos. Entonces yo le digo al juez electoral: mire, hay una diferencia entre pasado, presente y futuro. El cargo público lo tendrá si gana y quiere asumir, y la dejan asumir. Mientras tanto, su derecho político, su derecho electoral, no ha sido prohibido por el fallo.
—¿Y qué sentido tendría entonces, doctor, que alguien sea candidato si no va a asumir?
Mire, ha habido muchos casos, muchísimos, de candidatos que para tener mayor potencia electoral se presentaron sabiendo —el electorado— sin engañar al electorado, que no iban a asumir. Pero eso mantenía unida a la fuerza política equis y lograban más votos. Aquí se ha producido una enorme confusión, y no me extraña que los jueces tengan esta confusión, inclusive los jueces de la Corte, por la asesina razón de que ninguno de los jueces es penalista. Los tres jueces son: uno es constitucionalista, otro es ambientalista, y otro es comercialista. Ninguno de ellos sabe derecho penal. Esto lo explicaba Zaffaroni en un programa de radio. Que digan… los sumos habrán visto lo que yo vi cuando era alumno. Pero yo ejercí 47 años el derecho penal y habré tenido 4.000 casos, con juicios orales, con discusiones, con debates, con congresos, participación penal en la OEA. Es decir, la experiencia en un fuero hace que uno pueda tener razonamientos que a veces son más sencillos, pero que hay que tenerlos presentes. ¿Qué estamos diciendo? Que ella puede ser candidata. Y esto al peronismo le viene bien.
—Usted además se refiere a su derecho como elector, ¿verdad?
Sí, yo tengo domicilio electoral en la tercera sección electoral. Y esto es lo que digo en el escrito. Y tengo el derecho a votar. Votarla o no votarla, pero es mi derecho electoral. No pueden los tres jueces de la Corte decir a quién yo quiero tener, o quisiera tener, o no quisiera… testimonialmente la voto para que no asuma, pero asumirá el segundo. Y en definitiva va a tener el mismo efecto desde lo político. Es decir, no es darle ninguna clase de privilegio. Es simplemente no quitarle un derecho que la ley no le quita. Y tampoco le quitó el fallo. Los jueces no tienen idea de que el alcance del fallo no llega a atrapar su candidatura.
—¿Y el amparo, doctor, hacia qué juzgado o qué juez lo presentó?
Lo presenté hoy a la mañana muy temprano, 7 y media de la mañana, ante el juzgado electoral de La Plata. Que creo que los jueces… no sé a quién le tocará, si al doctor Kreplak o al doctor Ramos Padilla. Pero vuelvo a repetir: no es ni siquiera un alzamiento contra el pronunciamiento de la Corte, como comentaba hace un rato un periodista. Porque la Corte no le prohibió. Creen que lo prohibieron, pero no lo prohibieron. Es como cuando uno cree que dejó la puerta cerrada y la dejó abierta. Entonces, seguramente la intención de ellos era que no fuera candidata. Pero no podían prohibirle ser candidata porque no está previsto en el Código Penal.
—¿Usted habló con Cristina Fernández de Kirchner o por qué ha tomado esta decisión? ¿Cómo fue esa acción que llevó adelante usted?
Se lo explico en dos palabras. Yo a Cristina la conozco hace muchísimos años, cuando era senadora. Desde el punto de vista político, yo representé la lista de Quintela, que no pudimos competir porque nos impugnaron los avales. Nosotros queríamos una interna con Cristina, pero esto no implicaba ser otra cosa más que disputar un espacio de poder. No implicaba ninguna clase de enemistad. Es más, no hace mucho tiempo estuve en la casa de un senador muy conocido cenando con ella. Pero esta decisión la tomé de manera totalmente inconsulta. La tomé como elector. Yo hablo de mi derecho, no del derecho de Cristina. Yo tengo derecho que en el cuarto oscuro esté la voluntad de Cristina. La puedo tomar o no, pero es mi derecho. Ni Rosatti, ni Rosenkrantz, ni el otro magistrado pueden decirme quién yo tengo que votar. Además, los derechos políticos son preexistentes hasta a la Constitución.
Yo creía, como la mayoría, que la norma fundamental de un país, la primera norma, es la Constitución. No. La primera norma es lo que da origen a una norma. Por ejemplo: la Revolución Francesa fue el origen de la Constitución Francesa. La Revolución de Mayo fue el origen, de nuevo, de la Constitución. Y las distintas revueltas civiles que hubo de la Constitución del 53. O sea que hay derechos que son preexistentes a la propia Constitución. No sé si esto queda claro.
—¿Y qué pasa con la identidad entre la candidatura y el ejercicio del cargo?
No hay identidad. Cargo público es un cargo remunerado que genera responsabilidades públicas. De hecho, a ella la han condenado porque consideraron que ejerció de manera irresponsable, errónea o delictiva cargos públicos. Pero ella lo que está pidiendo es ser candidata. No ejercer un cargo público.
—Doctor, ¿qué posibilidad real tiene este amparo de prosperar judicialmente teniendo en cuenta el cierre de listas del 19 de julio?
Mire, Cristina confirmó que se va a presentar el próximo miércoles en Comodoro Py. Y su defensa —corríjame si me equivoco— probablemente presente una prisión domiciliaria.
—Justamente, ¿qué pasa si se dicta una prisión domiciliaria? ¿Podría ser candidata igual?
Mire, seguramente sí. Según mi criterio, ella puede ser candidata aunque estuviese en una cárcel. En una cárcel común.
—¿Y cómo haría para asumir?
No, no va a asumir. Tiene prohibido asumir porque no puede ejercer cargos públicos mientras no se revoque por algún tribunal internacional o se inicie un proceso que existe en Argentina, que es la ley de sentencia írrita.
—¿Y qué reflexión hace sobre las acusaciones de corrupción sistémica durante los gobiernos kirchneristas?
No olvidemos dos casos que la gente ha olvidado. No lo menciona ningún periodista. Dicen que en el ambiente del gobierno de Kirchner había una corrupción sistémica. Palabra utilizada con cierta maldad, porque de eso se hablaba en la época de la dictadura, ¿cierto? Se hablaba de la desaparición sistemática de personas. Pero si esto fue así, uno imagina que empezó cuando asumió Néstor Kirchner. ¿Ustedes saben quién fue el ministro de Justicia de Néstor Kirchner?
No lo recordamos.
Rosati, uno de los tres jueces de la Corte… entonces, ¿de qué ambiente putrefacto podemos hablar cuando uno de los tres jueces de la Corte era ministro de ese gobierno?. El hecho suena feo, pero además, en el 2021, la comisión bicameral, por amplísima mayoría de senadores y diputados, determinó que en Argentina había casos expresos de Loefer, comprobados con participación de la AFI, con fortunas gastadas, la banda de los Super Mario Bros, los jueces que jugaban al técnico Macri, una época muy oscura y la justicia argentina no tiene prestigio ni en Argentina ni en el mundo. Pero yo no me meto en este tema, en el amparo, simplemente hablo del alcance del fallo.
Si el alcance del fallo les prohíbe ejercer algo puro y bueno, ¿por ahora no lo va a poder ejercer? Pero no le prohíbe ser candidata. ¿Y usted qué está pidiendo?
Yo lo único que estoy pidiendo es poder votarla, si quiero votarla, tener la opción.
Le cuento doctor, nosotros con Lucrecia acá somos jóvenes, no conozco otro caso. Pero ¿qué precedente podría llegar a sentar esta presentación para otros dirigentes políticos que hayan sido condenados judicialmente pero quieran ser candidatos?
Bueno, si este fallo saliera a favor, yo obviamente, como todo abogado que inicia una acción, por difícil que sea, deseo ganar. Esto permitiría que cualquier condenado… claro que no cualquier condenado… o sea, que haya los votos de Cristina Kirchner, está claro. Pero estamos hablando de la potencialidad del precedente, salvo que se cree una ley que establezca que también se pierden los derechos políticos en este caso de ser candidata. Hoy esa ley no existe y el fallo obviamente, al no existir la ley, no pudo incluir los derechos políticos.
Sin embargo, ayer sacó un oficial a la Corte mandando a sacarla del registro electoral.
Eso es un acto abusivo, eso está afuera. Los jueces tienen una actividad reglada por la ley, ellos no pueden hacer ni más ni menos que el camino que trae esa ley. Pero además el fallo… y si queremos entrar ya de lleno… si hay un caso de lawfer, yo no puedo decir que haya lawfere, pero sí lo sospecho, porque Luciani era un hombre que iba a la cancha de Boca con Macri, que comía con él, que se visitaban, que jugaban al tenis, que se frecuentaban permanentemente. Y no me imagino a Luciani acusando a Macri de nada, no puedo imaginarme. Sé que tuvo causa con la Macri, jamás loacusó de nada.
Aprovecho para preguntarle allí doctor, sacando del lado del amparo y del tema que venimos hablando, cuál es esa visión que tiene usted, debido al recorrido y la trayectoria que tiene, sobre la justicia en el país o sobre la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Te lo digo claramente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene pausas con más de 10 años de atraso. Bastó que Cristina dijera «voy a ser candidata» para que este fallo apareciera por arte de birle birloque. Suena raro, suena raro, no había tanto apuro, no había tanto apuro, porque si la candidata ahí ganaba también se podían desaforar, ¿me explico? Como pasó con De Vido, que era senador y quitaron los fueros; como pasó con Amado Udo, era senador y le quitaron los fueros. Es decir, no había ningún apuro salvo el tema de que Cristina, en las urnas, como viene el país bastante licuado, ganara. Esto era lo que generaba realmente el problema. A mí este fallo me huele feo, como diría Shakespeare de Dinamarca.
Doctor, le agradecemos por el tiempo, ha sido muy amable.
Yo le quedo muy agradecido y vuelvo a repetir, el amparo no entra en estas consideraciones salvo emergencialmente, simplemente dice hasta dónde puede llegar el fallo y nada más que eso. Lo vamos a seguir de cerca. Que tenga buena jornada, muy amable.





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